Dos recientes sentencias del Tribunal Supremo han argumentado en favor de la posibilidad de que terceros no socios impugnen acuerdos sociales de una compañía sobre la base de que las votaciones se han producido con abuso de derecho, a pesar de que el abuso de derecho como tal no constituya causa de impugnación en la LSC. Este trabajo critica semejante propuesta.