Belén Pablos Panés, Félix Alarcón Alarcón de la Lastra
Se aborda en este trabajo la obligación que tienen los prestadores de servicios de comunicación audiovisual consistente en financiar de forma anticipada la producción de obras audiovisuales europeas, incluyendo películas de cine y obras para televisión, con el 5% de los ingresos devengados en el ejercicio anterior conforme a su cuenta de explotación, correspondientes a los canales en los que emiten estos productos audiovisuales con una antigüedad menor a siete años desde su fecha de producción.