La Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales ha modificado de forma sustancial el recurso de casación penal. La nueva configuración de este recurso le otorga un nuevo lugar tras la generalización de la segunda instancia y refuerza el papel del Tribunal Supremo como unificador de la doctrina penal. Los nuevos cauces casacionales están facilitando pronunciamientos jurisprudenciales de gran transcendencia sobre algunas de las nuevas figuras delictivas introducidas por el legislador en las últimas reformas del Código Penal o sobre otras, no modificadas en el año 2015, pero que habían sido interpretadas de manera discrepante por las Audiencias Provinciales. Su análisis pormenorizado pues resulta imprescindible.