La Ley de Contratos del Sector Público introduce importantes novedades respecto de los medios propios distinguiendo, por un lado, la ejecución directa de prestaciones por la Administración Pública con la colaboración de empresarios particulares o a través de "medios propios no personificados" y, por otro, la ejecución directa de prestaciones a través de "medios propios personificados".