El Tribunal de Justicia declara que el Consejo no incurrió en un error manifiesto de apreciación al considerar que el objetivo perseguido por la Decisión impugnada no podía alcanzarse recurriendo a medidas menos restrictivas. De esta forma, el Tribunal de Justicia estima que el Consejo no excedió su amplio margen de apreciación al estimar que el mecanismo establecido por la Decisión 2015/1523, destinado a reubicar de manera voluntaria a 40 000 personas, no bastaría para hacer frente a la afluencia sin precedentes de migrantes acaecida en julio y agosto de 2015