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Resumen de La oposición al proceso monitorio tras la Ley 42/2015, de 5 de octubre. La necesidad de una oposición fundada y motivada merma los derechos del deudor. La impugnación de la oposición por el actor en el juicio verbal constituye una réplica frente a la que el demandado carece de un trámite de alegaciones

Carmen Temprano Vázquez


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