Reflexiones en torno a la específica obligación que pesa sobre las autoridades judiciales nacionales de interpretar su Derecho interno conforme a las Directivas de la Unión; y más concretamente aún, sobre las diferencias existentes entre la reción mencionada obligación y la de abstenerse de interpretar su Derecho interno de un modo que pueda comprometer gravemente, tras la expiración del plazo de adaptación del Derecho interno a la Directiva, la realización del objetivo perseguido por ésta.