Configuradas como verdaderas empresas del crimen, las grandes organizaciones delictivas disponen y hacen uso de cuantiosos medios materiales y personales �en ocasiones, incluso, superiores a los que el propio Estado puede destinar a combatirlas� lo que se traduce, de un lado, en un mayor potencial delictivo y, de otro, en una mayor facilidad para lograr la impunidad de las graves infracciones penales que cometen. Ante esta realidad, los Estados han de dotarse de instrumentos eficaces en la lucha frente a esa lacra social, al tiempo que respetuosos con las exigencias propias del proceso justo y con todas las garantías previsto en el art. 24 CE.