Manuel Jesús Dolz Lago
DELITO URBANÍSITICO. Elementos. Utilización racional del medio como recurso natural limitado y la ordenación de su uso al interés general como bien jurídico tutelado. Edificación masiva y obras de urbanización no autorizables en suelo calificado como Espacio Natural Protegido perteneciente a Parque Natural. ERROR. De prohibición invencible. Basado en la condición de analfabetos de los acusados. No procede al tener pleno conocimiento de la ilegalidad de las obras realizadas. Demolición de lo construido. Procedencia como efecto civil del delito. Gravedad del daño ocasionado, absoluta imposibilidad de legalización y condición del suelo protegido.