La Sentencia de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo de 16 de octubre de 2017 (n.o de rec. 75/2017), ha sentado doctrina jurisprudencial sobre el alcance del derecho a la información reconocido por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, consagrando la necesidad de interpretar de forma restrictiva los límites y excepciones legales a este derecho; además, esta Sentencia modula el sentido desestimatorio del silencio en las solicitudes de información, en cuanto, si bien sigue siendo negativo, se precisa que las excepciones al derecho de acceso previstas en la ley solo son admisibles si se alegan de forma expresa en vía administrativa.