En el presente trabajo hacemos un estudio comparativo del control difuso de convencionalidad en América Latina y el incipiente control concentrado de convencionalidad que, con la aprobación de los protocolos 15 y 16, está intentando establecerse en el ámbito del sistema de protección de Derechos Humanos europeo. Sostenemos, en concreto, la tesis de que el control difuso es posible en los países europeos, y en concreto en España, y que el juez ordinario debe realizar un triple o cuádruple estudio de la ley antes de su aplicación.