Antonio Pérez-Marín Benítez
Las especificidades del derecho de propiedad no tienen un alcance exclusivamente privado, propio del ius privado, sino que alcanzan también al ius público, especialmente en su vertiente urbanística. Su consideración como derecho fundamental extiende sus efectos a las actuaciones expropiatorias así como a la necesaria y reforzada motivación de los actos administrativos que afecten a su contenido