Cuándo deba reconocerse legitimación activa a los licitadores que han sido excluidos de un procedimiento de contratación para plantear un recurso contra alguna decisión adoptada en el procedimiento que ha seguido su curso, es una cuestión que ha dado lugar a diversos puntos de vista. El presente trabajo da cuenta de la postura mantenida en una reciente sentencia por el TJUE y valora si la más amplia legitimación que en otros casos les han reconocido en España los tribunales administrativos de recursos contractuales en materia de contratación podría o debería verse afectada por la interpretación más estricta mantenida en dicho pronunciamiento.