Iñigo Barreda
Completa esta segunda entrega la revisión de las Proposiciones de Ley presentadas en el Congreso de los Diputados sobre atención médica al final de la vida. El análisis del texto del Grupo Socialista, que en principio rechaza la eutanasia, permite destacar sus fortalezas y debilidades. El esquema de derechos parte del ‘pleno’ respeto a la autonomía de la voluntad del paciente. Un aspecto positivo de la Proposición es diferenciar legalmente conductas que constituyen buena y mala praxis en un contexto de irreversibilidad de la enfermedad que aboca a una muerte próxima, lo que se hace desde conceptos de lex artis profesional. Otro es la distinción entre sedación paliativa y sedación en la agonía, tan necesaria para la precisión de la terminología médico legal. La ‘plena’ autonomía de la voluntad del paciente que proclama, que alcanza al rechazo de tratamientos propuestos e instaurados, e incluso del soporte vital (artículo 7), presenta objeciones de orden ético y deontológico, aunque se descarte (en el artículo 16) la responsabilidad de ‘profesionales sanitarios’ si cumplen con la voluntad del paciente. El artículo 7 debería vincular el rechazo de tratamiento o del soporte vital a la situación de terminalidad, agonía o ensañamiento terapéutico para evitar una mala interpretación de la ley o una aplicación al límite con la eutanasia. La objeción de conciencia es cuestión fundamental que brilla por su ausencia en el texto del Grupo Socialista.