Determinar el bien jurídico protegido de una figura penal es básico para poder conseguir su correcta y eficaz aplicación. De alguna forma el bien jurídico protegido es el «alma mater» del delito. Pues bien, en el delito de malos tratos a animales domésticos el problema consiste en que cuando el mismo se introdujo en el Código Penal español, el legislador ni parecía tener clara su naturaleza jurídica ni, por supuesto, cual era su bien jurídico protegido. Se introdujo entre los delitos contra el medio ambiente y a partir de ahí, tanto la doctrina como la jurisprudencia han tenido que hacer verdaderos juegos malabares para encontrarle un acomodo coherente entre los delitos ambientales.