La LO 2/2015 ha modifica do de forma muy relevante la regulación penal del terrorismo. Entre sus novedades más destacadas se encuentra, sin duda, la tipificación de un nuevo delito (el autoadoctrinamiento terrorista) regulado en el art. 575.2 CP. Este nuevo comportamiento delictivo plantea multitud de dificultades en relación con algunos de los principios constitucionales más básicos. Este artículo pretende aclarar la tensión entre ellos y proporcionar algunas ideas que puedan ayudar en la interpretación del precepto.