Pablo Schiavi
El instrumento jurisdiccional de protección del derecho de acceso a la información pública se conoce como “hábeas data”. Se habla “hábeas data” impropio. En Uruguay la regulación está dada por la Ley n° 18.381, de 17 de octubre de 2008 (arts. 22 y siguientes). Las notas típicas del proceso de acceso a la información pública serán objeto del presente trabajo, con especial detenimiento en los principales pronunciamientos del Poder Judicial en la materia.