En el presente artículo se explica la última doctrina sobre la aplicación del concepto de valor real como garantía del precio que debe percibir el socio transmitente en determinadas transmisiones forzosas, en particular en el ejercicio del derecho de retracto, exclusión y separación. En esta doctrina, la Dirección General de Registros y del Notariado ha introducido relevantes novedades respecto de sus pronunciamientos anteriores.