Se analiza este recurrente tema que se ha suscitado en los tribunales de justicia y donde en la actualidad se está abriendo la puerta al debate sobre la no preceptividad de la pena de alejamiento en los casos de violencia de género y doméstica del art. 153.1 y 2 CP cuando no se trate de lesiones, es decir el maltrato de obra sin causar lesión de las incluidas en los arts. 147 y ss. CP, recordando como argumento clave la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 22 de octubre de 2009.