El gestor de un sitio de Internet puede tener un interés legítimo en conservar ciertos datos personales de los usuarios para defenderse de los ataques cibernéticos La dirección de protocolo de Internet dinámica de un usuario constituye, para el gestor del sitio, un dato personal cuando dicho gestor dispone de medios legales que le permitan identificar al usuario de que se trate gracias a la información suplementaria de que dispone el proveedor de acceso a Internet del usuario