En dos recientes Sentencias de 24 de octubre de 2016, el Tribunal Supremo ha declarado inaplicable el régimen de financiación del bono social establecido en el artículo 45.2 de la Ley del Sector Eléctrico, por resultar incompatible con las exigencias de la Directiva sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, y ha estimado las pretensiones de las recurrentes de que se las indemnice por las cantidades pagadas en este concepto. Las razones son análogas a las que, en 2012, llevaron al Tribunal a declarar inaplicable el sistema de financiación introducido por el Real Decreto Ley 6/2009.