Cuando hace ya más de 1 año se publicaban el BOE la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (LPAC) y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas (LRJPSP), la máxima atención desde el punto de vista doctrinal se concentraba en la transformación del procedimiento con la generalización, por vía del imperativo legal, de la administración electrónica