Luis Canal Fernández
En su Sentencia de 14 de junio de 2016, el Tribunal Supremo confirma el auto del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura que había declarado la imposibilidad material de ejecutar la sentencia de 25 de junio de 2013 en la que aquél ordenara la retroacción de un proceso selectivo, al entender inviable el cese que, de los 253 nombrados en 2009, acarrearía la efectividad del fallo. Formulan voto particular dos Magistrados.