Se analiza la modificación del plazo de prescripción de las órdenes de restauración de la legalidad urbanística, consecuencia indirecta de la reducción del plazo de prescripción las obligaciones generales. Reducción de 15 a 5 años. Igualmente se examina el régimen transitorio aplicable para órdenes dictadas con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la Ley 42/2015.