Con la reforma operada en la Ley de Enjuiciamiento Civil, a través de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, se han introducido en el ámbito del procedimiento monitorio nuevas exigencias de control y examen que deben ser asumidas por nuestros jueces y tribunales, con la finalidad de establecer un control del posible carácter abusivo de determinadas cláusulas de contratos celebrados entre un consumidor o usuario y un profesional o empresario. A través del presente artículo abordaremos, de modo conciso y didáctico, tanto los antecedentes que han fundamentado esta nueva reforma, los cambios más significativos que implican, así como sus consecuencias prácticas más directas.