La Corte Costituzionale italiana ha declarado, por virtud de su sentencia de 7 de octubre de 2015, nº 210, la validez de la inclusión en un Decreto Legislativo de transposición de una Directiva europea que prevé estándares mínimos de armonización de los ordenamientos jurídicos nacionales de previsiones más rigurosas sin que la Ley de delegación haya facultado al Ejecutivo expresamente para ello. En este trabajo se da cuenta de la línea argumental seguida por la Corte y se exponen una serie de consideraciones críticas sobre la corrección del pronunciamiento de la jurisdicción constitucional italiana.