El trabajo analiza cómo se ha procedido a la incorporación del Derecho comunitario europeo en la Ley de Contratos del Sector Público. Se estudia la decisiva influencia de la Directiva 2004/18 y de la jurisprudencia comunitaria en la nueva regulación española y, sobre todo, los ámbitos más cuestionables por la falta de adecuación de la LCSP a las exigencias europeas. En este sentido, se critica la construcción subjetiva del artículo 3, el limitado recurso especial en materia de contratación, el riesgo de huída de los principios generales y la nueva categoría de los contratos sujetos a regulación armonizada.
Se concluye resaltando la necesidad de que se respete la obligación de interpretación de la Ley de Contratos del Sector Público conforme al Derecho comunitario, en especial para aplicar los conceptos jurídicos indeterminados de la legislación española basados en el derecho europeo.
The paper analyzes how it was carried to the incorporation of Public Procurement European Community law by Spanish Public Sector Procurement Law. Explores the crucial influence of the Directive 2004/18 and the European case law in the new Spanish regulations, and especially the most questionable for the inadequacy of the LCSP to EU requirements. In this sense, criticizing the subjective construction of article 3, limited special recourse on public procurement, the risk of escape of the general principles and the new category of contracts subject to the so-called harmonized regulation.
It concludes by emphasizing the need to respect the obligation of interpreting the Spanish Public Sector Procurement Law under Community law, in particular to implement the indeterminate legal concepts of Spanish legislation based on European law.