Carlos García-Berro Montilla
Una vez cumplido el plazo legal para la revisión de las causas penales en tramitación el día 6 diciembre 2015, fecha de entrada en vigor de la Ley 41/2015, de 5 octubre, para la agilización de la Justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales, que venció el pasado día 6 junio 2016, el autor ofrece varias alternativas legales para evitar la impunidad que pueda producirse por el vencimiento de los plazos máximos de instrucción establecidos en el art. 324 LECrim. desde la perspectiva de la actuación del Ministerio Fiscal.