¿Hay ámbitos de la actuación administrativa que se sustraen al control jurisdiccional? ¿Es admisible esa impunidad -siquiera cautelar- en un país que se autodefine, ya constitucionalmente, como Estado de Derecho? Estos son los interrogantes que motivan el presente trabajo que aborda el “agujero negro” de la suspensión cautelar de los actos administrativos de carácter tributario, evidenciando la sangrante inseguridad jurídica a la que se aboca a los administrados (ciudadanos y no súbditos)cuando tratan de enervar las presunciones legales de las que goza la Administración en el ejercicio de su actividad. Ahí se configura un escenario donde late una soterrada tensión entre el poder Ejecutivo y el Judicial, con el contribuyente como involuntaria víctima de esas diatribas en las que el mejorable sistema de contrapesos de poderes, o la defensa del interés y la libertad individual frente al omnímodo poder del Estado, son aspectos que no solamente se intuyen, si no que se palpan. Desde esa triste constatación, se analiza el desolador panorama generado por la reciente Ley34/2015, de modificación parcial de la Ley General Tributaria”.