Ir al contenido

Expropiación forzosa.- El Ayuntamiento no puede obligar a enajenar un bien inmueble, aunque esté declarado de interés cultural, a su propietario. Podrá proceder a su expropiación si existe causa que legitime para ello.


Mi Ágora

Opciones de artículo

Opciones de compartir

Opciones de entorno

© 2024 INAP - Todos los derechos reservados