Haciendas locales.- Prescripción. La Ley General Presupuestaria establece que prescribirá a los cinco años el derecho al reconocimiento o liquidación por la Hacienda Pública de toda obligación que no se hubiese solicitado con la prestación de los documentos justificativos, contándose el plazo desde la fecha en que se concluyó el servicio o la prestación determinante de la obligación.