Pedro Lacal Cuenca, María del Puerto Solar Calvo
En el siguiente trabajo analizamos el novedoso art. 129 bis CP que permite la recogida de ADN de condenados. Para ello, el precepto se pone en relación con los dos bloques normativos en los que más incide: el de la protección de datos y el penitenciario. El primero, debido a la necesidad de establecer un régimen de protección claro de los datos que se van a recabar. El segundo, por la importante contradicción que plantea con nuestro sistema de ejecución de penas y el art. 25.2 CE que orienta al mismo.