Este trabajo expone, desde el punto de vista de los recurrentes, las posibles consecuencias de la reforma del recurso de casación contencioso-administrativo, que entra en vigor el 22 de julio de 2016 y que se basa en la exigencia, como presupuesto de admisión del recurso, de «interés casacional objetivo». Se alude a la experiencia del Tribunal Constitucional sobre el requisito, similar, de la «especial trascendencia constitucional», aplicable al recurso de amparo. Se concluye que, ante la amplitud e indeterminación del concepto de «interés casacional» y, al hacerse extensivo el recurso a todas las sentencias, es previsible una avalancha de recursos y un período de mayor trabajo para los abogados y de incertidumbre para sus clientes.