En ocasiones, las incorrecciones —en nada baladís— cometidas en la refundición de textos legales no tienen su origen ni tan sólo en el hecho de haberse perpetrado un patente, grosero e intencionado exceso en la concreta refundición ejercida, sino en una simple precaria redacción. En una falta de atención o un mal uso —inexcusable desconocimiento— de las reglas comunes de puntuación ortográfica.