El Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado la sentencia núm. 154/2016, 29 de febrero, en la que, por primera vez, se analizan con detalles algunas de las cuestiones más relevantes sobre el modelo de responsabilidad penal de las personas jurídicas consagrado en nuestro Código Penal, especialmente, tras la reforma realizada por la LO 1/2015, de 30 de marzo. La nueva regulación suscita cuestiones esenciales sobre el fundamento de la responsabilidad de estas entidades en íntima conexión con la consagración, como exención de responsabilidad penal, de la tenencia e implementación de los programas de cumplimiento o modelos de organización y gestión (programas de compliance).