El presente artículo reflexiona sobre la eficacia de la protección de la marca notoria de empresas líderes frente a la imitación por parte de competidoras en la presentación y envases de productos (copycat packaging), a la vista de la reciente Sentencia del Tribunal Supremo núm. 450/2015, de 2 de septiembre (caso Oreo). En particular, se analizan críticamente tres cuestiones controvertidas planteadas en la sentencia: la caducidad de la marca por uso de la misma en forma distinta a la registrada; la infracción de marca por aprovechamiento o perjuicio de su notoriedad o carácter distintivo; y la existencia de actos de competencia desleal de confusión y aprovechamiento de reputación ajena.