Elena Gutiérrez Pérez
En el presente trabajo se describen las pautas interpretativas más trascendentales que la Fiscalía General del Estado ha publicado en su Circular 1/2016, de 22 de enero, sobre la aplicación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas. La Fiscalía califica al modelo del art. 31 bis como vicarial con elementos de autorresponsabilidad y descarta que los «modelos de organización y gestión» sean definitorios de la culpabilidad de la empresa.