La Innovadora Memoria de Viabilidad Económica establecida en el artículo 11 de la Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana y 22-5 del nuevo Texto Refundido 7/2015 de la Ley de Suelo, no solo presenta una relevante utilidad como documento jurídico-económico cuya finalidad básica es la determinación de la rentabilidad que para el propietario debe producir el desarrollo de cualquier Actuación de Transformación Urbanística, sino también y sobre todo presenta dos virtualidades de gran transcendencia como son, por un lado, la mejora de la objetividad en la atribución de los aprovechamiento urbanísticos a los diferentes suelos y, por otro lado, la optimización de la transparencia pública en los siempre procelosos procesos de reclasificación y recalificación urbanística. A estos importantes y novedosos temas se destina el análisis de este Artículo.