En esta contribución, se propone indagar sobre el potencial del Convenio de la OIT (núm. 177) para afrontar los desafíos de la realidad actual del trabajo a distancia. Se analiza la adecuación del concepto convencional de “trabajo a domicilio” a las distintas formas de trabajo a distancia, incluido el teletrabajo, y la eficacia de la protección de esta forma de trabajo frente a los cambios que están experimentando el mundo empresarial y el mercado laboral. A raíz de esta reflexión, se plantea qué pasos podría emprender la OIT: ¿promover la aplicación y ratificación del Convenio núm. 177? ¿Replantear su postura ante el trabajo a distancia y modificar el Convenio actual o elaborar otro convenio? ¿Optar por una evaluación de la de situación y elaborar un instrumento de soft law?