En contra del criterio mantenido por la Administración General del Estado, se sostiene en este trabajo que es perfectamente posible conceder al personal funcionario la compatibilidad para ejercer como profesores asociados, a tiempo parcial y con duración determinada, en Universidades Privadas con independencia del complemento específico que perciban. Así se está haciendo en otros ámbitos de actividad pública, donde también resulta de aplicación la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.