La reciente aprobación de la Ley 2/2014 y de su Reglamento para la isla de Mallorca han supuesto la introducción en el ordenamiento balear de algunas novedades en materia de disciplina urbanística, de gran trascendencia práctica para los operadores urbanísticos, de entre las que en el presente trabajo se analizan las siguientes: a) el régimen de tránsito de la Ley anterior a la actual, que afecta a un gran número de supuestos: las infracciones cometidas durante la Ley anterior, pero sobre las que aún están pendientes de despliegue algunos de sus efectos sancionadores o disciplinarios; b) los importantes cambios que la LOUS introduce en relación a la prescripción de las infracciones y el transcurso del plazo máximo para requerir el restablecimiento del orden jurídico perturbado; c) la regulación detallada del uso de las edificaciones y construcciones sin título habilitante, y su relación con la licencia de primera ocupación y utilización.