Constantinos Lycourgos
El Derecho de la Unión sobre productos cosméticos, debe interpretarse en el sentido de que las lentes de contacto de color, decoradas y sin graduar no están comprendidas en el ámbito de aplicación del citado Reglamento, a pesar de que figure en el embalaje la indicación «accesorio cosmético para los ojos, sujeto a la Directiva sobre cosméticos».