Este trabajo tiene por objeto comentar determinados precedentes que, en el marco de los litigios iniciados en España contra diversas entidades financieras, han decretado la existencia de una indebida acumulación subjetiva de acciones en la jurisdicción civil. Se hace además una breve referencia a la regulación existente en Estados Unidos en materia de class actions y a las Recomendaciones de la Unión Europea.