Conservar un clima saludable representa uno de los grandes retos de la humanidad y una de sus importantes tareas para el futuro. Para conseguirlo, una serie de Estados se han servido de regulaciones, más o menos extensas, que van acompañadas de una intensa discusión de Derecho público. A diferencia de lo sucedido con los preceptos relativos a la pureza del agua y del aire, sobre los que hace décadas tuvo lugar una animada discusión, puede decirse que en la actualidad apenas si hay un interés específicamente penal en la cuestión de la protección del clima. Las consideraciones que siguen examinan si este tema no debería interesar también a los penalistas, así como qué puede (y debería) aportar el Derecho penal, en el marco general del Derecho, a la protección del clima.