El acto administrativo discrecional se diferencia del acto reglado, porque mientras este último se refiere a la simple ejecución de la ley aquel alude a los casos en los que existe cierto margen de libertad para realizar una comprensión y posterior aplicación de la norma. La discrecionalidad es necesaria, por ejemplo, cuando la ley prevé dos posibles actuaciones sin que ninguna de ellas se imponga con carácter obligatorio o cuando la legislación se limita a señalar fines sin especificar los medios necesarios para alcanzarlos. Cuando no está disociada del ejercicio de las facultades discrecionales de una autoridad constituida, la discrecionalidad es lo contrario de la arbitrariedad. Tras la definición de esta importante noción, en estas páginas se insiste en dos aspectos sobresalientes de la facultad discrecional, a saber: que el fundamento de dicha facultad radica en la misma legislación y que el rasgo diferenciador de un acto discrecional es la justificación de los motivos de la decisión.
The administrative discretionary act differs from regulated act because while the latter refers to the simple execution of the law, the former refers to cases where there is some leeway for a further understanding and application of the rule. For example, discretionary is necessary when the law can provide two possible proceedings, none of which is mandatory. It is also necessary when legislation merely indicates its ends, without specifying the means to achieve them. When it is not dissociated from the exercise of the discretion of a constituted authority, discretionary is the opposite of arbitrariness. After defining this important notion, this paper emphasizes two highlights of it, namely, that the foundation of its power lies in the law itself, and that the distinguishing feature of a discretionary act is the justification of the reasons for the decision.