María José Achón Bruñén
En el presente artículo se realiza un comentario crítico de la STS de 25 de marzo de 2015 que ha fijado como doctrina que la declaración de nulidad de la cláusula suelo no se extiende a los pagos de intereses efectuados con anterioridad a la publicación de la STS de 9 de mayo de 2013.