Durante su octogésimo segundo período ordinario de sesiones, celebrado en su sede en San José de Costa Rica, del 19 al 31 de enero de 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos —en adelante también «la Corte Interamericana», «la Corte», «la Corte IDH» o «el Tribunal»— aprobó una serie de reformas puntuales del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos —en adelante, el «Reglamento1—, que entraron en vigencia el 24 de marzo de 20092. En este artículo, se referirá, en primer lugar, a los antecedentes y al contexto en el que tuvo lugar la reciente reforma del Reglamento de la Corte. Luego mencionaré algunos de sus temas y aspectos más destacados, los cuales tienen que ver, por una parte, con la reglamentación de prácticas que el alto Tribunal interamericano ha venido adoptando en los últimos años y, por otra, con el ajuste de aspectos puntuales del trámite de los casos contenidos en el reglamento adoptado en noviembre de 2000, que entró en vigencia el 1 de junio de 20013. Finalmente, me referiré a los temas pendientes que deben ser abordados en futuras reformas del reglamento de la Corte.