Julio Banacloche Pérez-Roldán
Los tributos se pueden considerar contrastando los preceptos de las leyes que los regulan con los principios jurídicos que deben ordenar el sistema tributario, como son la capacidad económica, la igualdad, la progresividad; o también en su aplicación contrastando las actuaciones de las Administraciones gestoras y recaudadoras con los preceptos que regulan los procedimientos de aplicación de los tributos y con los derechos y deberes que nacen de la relación jurídico-tributaria.
Pero hay otra referencia social que es imprescindible cuando se quiere conocer y valorar la realidad de la tributación. Esa referencia se refleja en el Informe del Defensor del Pueblo que recoge y considera las quejas de los ciudadanos.