Álvaro Jesús del Blanco García
La Administración del Estado es la responsable ante la UE de le los incumplimientos del Derecho comunitario tanto a nivel estatal como autonómico y local.
Frente a ello, tanto la jurisprudencia del TJUE como del TC señalan la posibilidad de repercutir por el Estado a las Administraciones regionales las consecuencias derivadas de los incumplimientos del Derecho comunitario cuando los mismos afecten a su ámbito competencial.
Para ello se ha llevado a cabo unos procedimientos para la determinación de la responsabilidad y se han creado unos órganos de coordinación que mejoren la participación de las CC.AA., tanto ante la Comisión Europea como ante el Tribunal de Justicia de la UE.
Por otra parte, también se contempla tanto en el artículo 19.2 in fine de la LOFCA como en el artículo 25.2 de la Ley 22/2009 la posibilidad de que el Estado pueda recuperar ciertas competencias cedidas, ya sea para dar cumplimiento al Derecho de la UE o porque se considere más racional y conveniente la asunción de competencias cedidas a las CC.AA