El RD 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, transpone a nuestro ordenamiento las obligaciones derivadas de la nueva Directiva europea sobre estos residuos, pero incorpora también novedades no exigidas por dicha Directiva, que se justifican por la consecución de una gestión pretendidamente «más eficaz y eficiente». En este análisis se abordan los aspectos clave de esta importante reforma, entre los que destaca la configuración de un nuevo modelo de responsabilidad ampliada del productor, que permite atribuir responsabilidades directas sobre la recogida y gestión de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos a otros agentes económicos diferentes a los productores, si bien, en contraste con esta liberalización de la actividad de gestión, el cumplimiento de los objetivos de recogida separada (los más problemáticos), sigue recayendo, de facto, únicamente sobre los productores.